Secreto Empresarial




     Como emprendedor debes ser perspicaz al momento de identificar cuáles son las informaciones, conocimientos, o procedimientos los cuales van a agregar valor a tu empresa, y que, por consiguiente, constituyen una ventaja competitiva dentro del mercado en que te desenvuelves, por lo que es muy probable que no te interese hacer publica esa información. Es por eso, que en el post del día de hoy explicaremos que son los secretos empresariales, sus formas de protección y cuáles son las principales ventajas y diferencias con las patentes de invención, de tal forma que aprendas sobre este medio útil de  innovación para  tu negocio.
      De acuerdo al artículo 86 de la Ley n° 19.039, sobre propiedad industrial, se entiende secreto empresarial como todo conocimiento sobre productos o procedimientos industriales, cuyo mantenimiento en reserva proporciona a su poseedor una mejora, avance o ventaja competitiva, tales como: procesos, técnicas, conocimientos de fabricación, recopilación de datos (lista de clientes), dibujos, fórmulas de fabricación, estrategias comerciales, etc.
      La normativa actual sobre protección del secreto empresarial surge de la urgencia de evitar el mercado desleal en nuestro país. En consecuencia, la referida Ley agrega que constituye violación del secreto empresarial "la adquisición ilegitima del mismo, su divulgación o explotación sin autorización de su titular y la divulgación o explotación de secretos empresariales a los que se haya tenido acceso legítimamente pero con deber de reserva, a condición de que la violación del secreto haya sido efectuada con ánimo de obtener provecho, propio o de un tercero, o de perjudicar a su titular.
      Junto con lo anterior, existen ciertas condiciones para configurar un Secreto Empresarial que varían según el país en el que nos encontramos, por lo que existen ciertos acuerdos generales; según al artículo 39 del ADPIC, (Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) para configurar un Secreto Empresarial, se requiere que la información sea secreta (en el sentido de que no sea generalmente conocida ni fácilmente accesible para personas introducidas en los círculos en que normalmente se utiliza), que ésta tenga un valor comercial, y que haya sido objeto de medidas razonables para mantener el secreto. Por consiguiente, el secreto empresarial es posible  posible protegerlo fácticamente y jurídicamente.


Formas de proteger un secreto empresarial
Dentro de las formas fácticas para proteger el secreto empresarial encontramos:
1)      Capacitar empleados: educarlos sobre las políticas de la empresa relativas a la relevación de información confidencial con directrices claras sobre cómo acceder, gestionar, proteger eventualmente una información confidencial.
2)      Identificar los secretos y otórgales prioridad: en conformidad con su valor e importancia.
3)      Establecer mecanismos de seguridad: como sistemas para manejar la información de internet de la empresa con medidas técnicas, programas y encripcion que limite el acceso a la información clasificada o sistemas que vigilen la comunicación y revelación de información.
4)      Limitar acceso a equipos que albergan información confidencial.
Formas jurídicas de protección:
1)      Acuerdos de confidencialidad en los contratos de empleados.
2)      Acuerdos de no divulgación con los asociados comerciales.
3)      Marcar documentos como “confidencial” quedando cubiertos por la presunción de derecho de autor.
4)      Protección mediante algún derecho de propiedad industrial,  como registrar una patente.
Diferencias con las patentes de invención     
     En relación al blog post sobre patentes de invención, el Secreto Empresarial puede ser de dos formas. En primer lugar pueden constituir invenciones o procesos de fabricación que no cumplan de forma suficiente los requisitos de patentabilidad, y que, por consiguiente, solo pueden ser protegidos por medio del secreto empresarial, como por ejemplo, las listas de clientes que no tienen el suficiente nivel inventivo para patentarlas como invenciones. Por el contrario, pueden ser una invención que si satisfaga los criterios de patentabilidad, en cuyo caso se tendrá que optar por protegerla por medio de una patente o considerarla secreto empresarial.
     Una primera diferencia consiste en que la protección de los secretos empresariales no están sujetos a límites temporales, a diferencia de las patentes que otorgan una protección hasta los  20 años. En segundo lugar los secretos empresariales no tienen costos ni formalidades de registro (aunque puedan existir altos costos para mantener la información confidencial), a diferencia de las patentes, por lo que significa una alternativa óptima para las PYMES. En tercer lugar, al registrar una patente uno debe hacer pública la invención, a diferencia del secreto empresarial, en donde no se hace público el “invento” o la forma de reproducirlo. Por último, los secretos empresariales tienen un efecto inmediato por no estar sujetos a requisitos procedimentales de registro, a diferencia de las patentes que requieren un tiempo de tramitación.
    

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